Senado de Bolivia aprueba abrir la venta del SOAT a la libre competencia
El proyecto permite que todas las aseguradoras habilitadas vendan el SOAT y pasa ahora a la Cámara de Diputados.
Por Redacción Acento Europa ·

La Cámara de Senadores de Bolivia aprobó este jueves un proyecto de ley que modifica el régimen del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) y abre su administración y comercialización a la libre competencia. Según informó Opinión (BO), la iniciativa permite la participación de todas las aseguradoras legalmente habilitadas en el país. El texto fue remitido a la Cámara de Diputados para continuar su tratamiento legislativo.
El proyecto modifica el artículo 37 de la Ley Nº 1883 de Seguros. Establece que la comercialización del SOAT se regirá por los principios de libre competencia, concurrencia y no exclusividad. Además, prohíbe las reservas de mercado y los monopolios, directos o indirectos, que favorezcan a una sola entidad aseguradora.
La propuesta también incorpora la contratación del seguro a distancia, mediante medios electrónicos y firmas digitales, conforme a la normativa vigente.
Claves del proyecto
- La Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros deberá realizar convocatorias públicas y abiertas anuales para que las aseguradoras presenten sus ofertas de cobertura.
- El Órgano Ejecutivo deberá adecuar la normativa reglamentaria en un plazo máximo de 30 días calendario desde la publicación de la ley.
- Se creará una base de datos para evitar la duplicidad de pólizas para un mismo vehículo.
El senador Wilder Véliz, impulsor de la consideración directa de la propuesta, explicó que el proyecto se trabajó inicialmente con la Federación de Transportes de Cochabamba y luego se socializó con la Confederación Nacional de Choferes de Bolivia. «Esto es lo que están esperando todos los transportistas desde hace mucho tiempo», afirmó.
La propuesta mantiene la cobertura de gastos médicos por accidentes de tránsito de hasta Bs 24.000 por persona y la indemnización de Bs 22.000 por muerte o incapacidad total permanente, sin límite en el número de personas cubiertas por evento.
Foto: ABI vía Opinión Bolivia.