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El TS confirma 38.508 euros de honorarios de García Ortiz a González Amador en España

El Tribunal Supremo de España rechaza la impugnación de la Fiscalía y la Abogacía del Estado y aprueba la minuta del abogado de Alberto González Amador.

Por Redacción Acento Europa ·

El TS confirma 38.508 euros de honorarios de García Ortiz a González Amador en España

El Tribunal Supremo de España ha rechazado la impugnación presentada por la Fiscalía y la Abogacía del Estado, que consideraban "excesivos" los honorarios de 38.508 euros del abogado de Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso. Así lo recoge en un decreto Europa Press. La tasación de costas queda fijada en 39.009 euros, incluidos los derechos de la procuradora. La decisión se produce en la causa en la que el exfiscal general del Estado Álvaro García Ortiz fue condenado por revelación de datos reservados.

El decreto, firmado por la letrada de la Administración de Justicia de la Sala de lo Penal, fija la minuta del letrado Gabriel Rodríguez-Ramos en 38.508 euros. La letrada señala que no se acredita "una desproporción patente, manifiesta o notoria" que permita calificar los honorarios como excesivos, tras valorar la complejidad de la causa y el trabajo profesional desarrollado.

Informe del Colegio de Abogados

El Colegio de la Abogacía de Alcalá de Henares examinó la minuta y consideró que los 38.508,26 euros, IVA incluido, son adecuados para la tasación, una vez excluidas las partidas indebidas. El informe concluye que la cantidad reclamada resulta "ajustada" según la complejidad del procedimiento y el tiempo de dedicación.

Origen de la tasación

El procedimiento se inició tras la condena dictada en diciembre de 2025 por el Tribunal Supremo contra García Ortiz: 7.200 euros de multa, dos años de inhabilitación especial para el cargo de fiscal general y el pago de las costas, incluidas las de la acusación particular. Además, debe pagar 10.000 euros al empresario por daños morales.

El letrado había presentado inicialmente una minuta de 64.778,78 euros, sin IVA, que con el impuesto ascendía a 78.382,32 euros. Un decreto de 26 de marzo de este año estimó parcialmente la impugnación por partidas indebidas y fijó las costas en 39.009,48 euros. Posteriormente, un auto del 2 de julio desestimó los recursos del Ministerio Fiscal y de la Abogacía del Estado y confirmó el decreto.

Foto: Zarateman / Wikimedia Commons (CC0).

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